Publicar enlaces será o no delito

¿Publicar enlaces será delito? o ¿no?
Publicar enlaces en paginas de descarga puede considerarse como un acto de comunicación.

¿Es el enlace un acto de comunicación pública? En síntesis esta es la pregunta que un órgano judicial sueco ha planteado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que se tramita como el asunto C-466/12. Una pregunta que, cuando se ha planteado a los jueces españoles, ha obtenido una clara respuesta en contra de forma mayoritaria. Ahora le tocará pronunciarse, esperemos que de forma definitiva, a la Justicia europea.

La consulta planteada se articula en torno a 4 preguntas concretas, que pueden agruparse en dos interrogantes principales.

El primero gira en torno a la posibilidad de que el enlace pueda constituir un acto de comunicación pública y si para ello hay que tener en cuenta el tipo de enlace y la forma de acceso a la obra enlazada.

El segundo se centra en si los Estados pueden ampliar el catálogo de actividades a considerar como comunicación pública respecto de lo previsto en la Directiva.

De esta forma, la primera de las cuestiones que se plantean al Tribunal no resulta difícil de entender y su tenor literal es suficientemente ilustrativo. Resumiendo la pregunta y siendo fieles al texto, podría enunciarse así: Si una persona ofrece en su página de Internet un enlace a una obra ajena, ¿realiza una comunicación al público de esa obra en el sentido de la Directiva 2001/29/CE?

Como decimos, esta pregunta ha sido respondida por los jueces españoles en sentido negativo y, aunque en ocasiones se ha sugerido a nuestros órganos judiciales el planteamiento de esta cuestión a Europa,siempre han considerado que no era necesario.

Pero hay que tener en cuenta que junto con esta pregunta principal se efectúan otras tres de suma importancia.

En la segunda cuestión, se pregunta al tribunal si, para apreciar la existencia de esa comunicación pública, hay que tener en cuenta si la obra enlazada se encuentra en una página de Internet a la que pueda acceder cualquier persona sin restricciones o cuyo acceso esté limitado de algún modo.

Es pronto para aventurarse sobre los motivos de esta pregunta y habrá que esperar a que se conozcan los antecedentes del caso para entender las razones que llevan a plantearse esta distinción según el acceso a la obra se encuentre o no limitado (con una utilización de contraseña, por ejemplo), así como si esa distinción tiene efectos prácticos sobre la institución de la comunicación pública.

¿Distinción entre enlaces?

En la tercera cuestión se pregunta igualmente por otra circunstancia a tener en cuenta eventualmente para la existencia de comunicación pública. Lo que se viene a preguntar aquí es si hay que diferenciar entre los enlaces normales, por decirlo así, y los enlaces «embebidos» a efectos de considerarlos como un acto de comunicación pública. Una cuestión realmente interesante sobre la que se tendrá que pronunciar ahora el Tribunal consultado y que se plantea en estos términos: «¿debe realizarse una distinción según que la obra, una vez que el usuario haya hecho clic en el enlace, se presente en otra página de Internet o se presente de modo que parezca que se encuentra en la misma página?».

En España, lo que sí sucedió una vez es que se diferenció entre enlaces a obras compartidas mediante redes P2P, para considerar que estos no suponen comunicación pública, y los enlaces a obras compartidas mediante sistemas de descarga directa que, en cambio, sí tendrían la consideración de comunicación pública. Pero como se destacó en su momento, la sentencia no aclara por qué unos enlaces (a descargas directas) son ‘comunicación pública’ y otros (a archivos P2P) no.

Por lo demás, este criterio de diferenciación la verdad es que no ha tenido mucho predicamento en otras resoluciones posteriores y constituye realmente un extravagancia más a la que nos tienen acostumbrados algunos jueces.

Finalmente, la última cuestión que se somete al criterio europeo es probablemente la más interesante. En concreto, y sobre todo para la eventualidad de que las anteriores preguntas se resuelvan de forma negativa, se pregunta si un Estado puede ampliar el concepto de comunicación pública de la Directiva 2001/29/CE, a fin de que comprenda más actos que los derivados del artículo 3, apartado 1 de dicha Directiva.

En concreto: ¿Están facultados los Estados miembros para otorgar al autor una protección más amplia de su derecho exclusivopermitiendo que la comunicación al público comprenda más actos que los derivados del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información?

Los intermediarios del mercado de la propiedad intelectual siempre han pretendido que la actividad de enlazar constituya uno de los actos de explotación de la obra bajo el concepto de comunicación pública y, sin atreverse a modificar la Ley de Propiedad Intelectual (acaso por poder contravenir la Directiva europea), han pretendido infructuosamente obtener dicho pronunciamiento de los jueces españoles.

La pelota ahora está en el tejado de la Justicia europea. Esperemos que esté a la altura de las circunstancias

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Line, la app que amenaza el trono de WhatsApp nació del terremoto de Japón

Aunque WhatsApp sigue siendo la aplicación líder en España para mensajes instantáneos, con más de 10 millones de usuarios, en las últimas semanas ha llegado el que puede ser el rival más duro al que tenga que hacer frente.

Se trata de Line, una aplicación que que ya tiene más de 75 millones de usuarios en todo el mundo, aunque, eso sí, la mitad está en Japón. El servicio nació en el país nipón tras el terremoto de marzo de 2011, que provocó una caída de los servicios de telefonía. Los trabajadores de la surcoreana NHN, que también es dueña del buscador Naver,  desarrollaron Line para poder comunicarse entre ellos. Dos meses tarde, salió a la luz al público general.

En principio, su funcionamiento es muy parecido al de sus rivales. La app busca los contactos que ya usan el servicio en tu agenda y los agrega directamente aunque más adelante se pueden eliminar o incluir a otros simplemente utilizando su nombre de usuario. La aplicación también permite la creación de grupos de contactos. Además, a la posibilidad de enviar mensajes se une la de realizar llamadas a través de Internet, al igual que otras apps similares como Viber o Skype. También se puede usar en Mac y Windows, lo que falicita su implantación.

Su principal atractivo -hay que reconocérselo- es que es mucho más divertida. El gancho para ello es, por un lado, el envío de ‘stickers’, una especie de emoticonos enormes con estética manga que dejan bien anticuados a los tradicionales ‘emoji’.

Su otra baza son diferentes aplicaciones gratuitas que pueden ser usadas dentro de la principal, enriqueciendo aún más la experiencia. Se trata de Line Camera –iPhoneAndroid-, que permite tomar fotografías e introducir los ‘stickers’ o bocadillos con mensajes; Line Card –iPhone,Android-, tarjetas dedicadas a felicitar cumpleaños y otras celebraciones y Line BrushiPhone-, que permite realizar dibujos para enviarlos a tus contactos.

La aplicación es gratis pero la compañía realiza minicobros -de 1,79 euros la mayoría– para descargar nuevos paquetes de ‘stickers’, un negocio que entre abril y junio le permitió ingresar 6,4 millones de dólares. Además, en otros países ha logrado ingresos extra con la inclusión de emoticonos patrocinados, como en una campaña de Coca Cola.

Pese a todo, su tarea no es fácil. Acostumbrar a los usuarios de las aplicaciones de mensajería a cambiar su rutina y migrar a un nuevo servicio es bastante complicado y WhatsApp tiene ya mucho terreno ganado en España. De momento, ha habido algunos gigantes empresariales que lo han intentando y no están  teniendo demasiado éxito, como es el caso de TuMede Telefónica o ChatOn, de Samsung.

Algunos analistas creen que en el mundo occidental su estética no tiene tanto tirón. Sin embargo, en las últimas semanas se ha convertido en una de las aplicaciones gratuitas más descargadas para iPhone y Android en España y, de hecho, este crecimiento es el que ha impulsado el número de usuarios por encima de los 75 millones, según resalta la propia empresa, que ha anunciado que ya prepara una versión en español. De momento, en nuestro país nos tenemos que conformar con el inglés y un traductor.

Otra de las funciones que distinguen a Line de sus rivales es la inclusión de un ‘timeline’, al más puro estilo de Facebook, en el que los usuarios pueden publicar fotografías o modificar sus estados a la vez que se reciben comentarios y ‘likes’ de sus contactos. Estas funciones son las que han llevado al ‘Wall Street Journal’ a considerar Line como la respuesta japonesa a Facebook.

De hecho, si la red social creada por Mark Zuckerberg le llevó más de tres años alcanzar los 58 millones de usuarios -de 2004 a 2007-, Line logró 50 millones en sólo un año.

El Pentágono busca alternativas a Blackberry para mejorar su red móvil

El Pentágono está estudiando una nueva red que permita a sus empleados no sólo utilizar Blackberry, sino también los modelos iPhone de Apple o Android de Google de manera segura.

El Departamento de Defensa tiene previsto contratar a una empresa para que desarrolle un sistema que permita administrar de manera segura al menos 162.500 dispositivos Android e iPhone y otros productos de Apple como el iPad, según el ‘Washington Examiner’.

El diario, que cita un informe del Pentágono, indica que es un «paso significativo hacia la obtención de un sistema de comunicaciones móviles seguras» para todo el Departamento, ya que si es aprobado podría extenderse a 8 millones de dispositivos.

El Departamento de Defensa quiere ofrecer a sus empleados unaalternativa a la Blackberry y permitir así más acceso a una variedad más amplia de dispositivos móviles con acceso a redes inalámbricas de manera segura.

Cambios en otros organismos

La Blackberry, hasta ahora el sistema utilizado por el Pentágono para mantener sus redes de comunicación de telefonía móvil, también ha sido el dispositivo empleado por otras agencias gubernamentales que ya han comenzado el cambio.

El diario ‘Federal Times’ señala que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) decidió este mes cambiar de BlackBerry a iPhone debido a que el dispositivo de RIM «no cumple ya con la tecnología móvil necesaria que requiere la agencia».

La Administración Nacional de Océanos y Atmósfera de Estados Unidos (NOAA), por su parte, también dejó de utilizar como teléfono oficial la BlackBerry este año. Según cifras recopiladas por la consultora comScore, Research In Motion (RIM), la compañía canadiense fabricante de BlackBerry, está perdiendo unos 500.000 usuarios cada mes frente a otros dispositivos como iPhone y Android.

 

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