MEGAUPLOAD :: COMO INTENTAR PONERLE PUERTAS AL CAMPO

VIVAN LAS REDES P2P

Algunos tremendistas dirán que esto es el fin del intercambio libre, pero nada más lejos de la imaginación.
Desde aquí os invito  a releer esto dentro de 1 año y nos daremos cuenta que el intercambio continúa, que seguirán apareciendo negocios paralelos legales o alegales pero que esto no hay quien lo pare.

Lo que no entiendo es por que no aprendemos de la historia. Los modelos de negocio evolucionan, cambian, desaparecen, aparecen, quiebran, hacen multimillonarios, …. y eso ha pasado siempre, y seguira pasando… RENOVARSE O MORIR

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El Departamento de Estado de EEUU, junto al FBI y otras autoridades internacionales, ha liderado una operación contra la popular página web de intercambio de archivos Megaupload, que ha sido clausurada, y contra varios de sus responsables, que han resultado detenidos y acusados en el estado de Virginia (EEUU) de conspiración para cometer un crimen y violación de la propiedad intelectual.

El fundador del sitio, Kim ‘Dotcom’ es el principal acusado, y se podría enfrentar a 50 años de prisión

La operación se ha dirigido contra dos compañías, Megaupload Limited y Vestor Limited, y en estos momentos las páginas webMegaupload -intercambio de archivos- y Megavideo -visualización de vídeos en Internet-, ambas propiedad de las mismas compañías, se encuentran inaccesibles, como también lo están Megapix, Megalive y Megabox.

El Departamento de Justicia acusa a siete de los responsables de estas compañías de crimen organizado y asegura que son «responsables» de «piratería masiva en todo el mundo de diferentes tipos de obras protegidas por derechos de propiedad intelectual». Además, en la nota hecha pública se asegura que estas páginas han generado más de 175 millones de dólares en actividades delictivas y que han causado «más de 500 millones de dólares en daños a los propietarios de las obras protegidas».

Hasta 50 años de prisión

La denuncia contra los acusados se cursó el 5 de enero en EEUU, y los cargos concretos son participar en una conspiración de crimen organizado, cometer infracciones de derechos de autor de forma masivablanqueo de dinero y dos cargos criminales de violación de la propiedad intelectual. Así, cada uno de los siete acusados se enfrentan a penas de hasta 50 años de prisión entre todos los cargos.

Así, la demanda de la administración estadounidense identifica al fundador de las compañías, el alemán Kim ‘Dotcom’, alias de Kim Schmitz como Kim ‘Tim Jim Vestor’, de 37 años y residente en Hong Kong y Nueva Zelanda, de liderar esta red criminal. Dotcom sería el director yúnico accionista de Vestor Limited, que sería la compañía utilizada para encubrir sus actividades en todas las páginas web afiliadas a la red ‘Mega’.

El FBI ha incautado 50 millones de dólares en bienes y 18 dominios de Internet

‘Dotcom’ es un ‘hacker’ millonario alemán de 38 años residente desde 2010 en Nueva Zelanda aficionado a los coches deportivos y las mujeres, según un perfil publicado en la prensa neozelandesa. Considerado uno de las 10 personas más ricas del país, está casado y tiene tres hijos.

Además del fundador, han sido acusados el director de márketing Finn Batato, de 38 años y ciudadano de Alemania; Julius Bencko, diseñador, de 35 años y ciudadano de Eslovaquia; Sven Echternach, director de desarrollo de negocio, 39 años y ciudadano de Alemania; Mathias Ortmann, director técnico, cofundador y director, 40 años y ciudadano de Alemania; Andrus Nomm, programador, de 32 años y ciudadano de Estonia; y Bram van der Zolk, programador, de 29 años y ciudadano holandés.

De los acusados, Dotcom, Batato, Ortmann y Van der Kolk fueron detenidos de forma provisional en Auckland, Nueva Zelanda, a petición de EEUU, y han sido enviados a prisión de forma preventiva. Bencko, Echternach y Nomm, por ahora, permanecen en libertad.

Además, se han ejecutado más de 20 intervenciones de bienes en nueve países, con las que se han incautado alrededor de 50 millones de dólares. También se han intervenido servidores de la compañía en Virginia, Washington, Holanda y Canadá. Asimismo, se han retenido 18 dominios de Internet asociados con las compañías intervenidas.

Beneficios ‘ilegales’: 175 millones de dólares

En su nota, el Departamento de Justicia explica que durante cinco años estas compañías, a las que acusan de ser toda una red de «conspiración», han gestionado páginas web que «reproducen y distribuyen copias no autorizadas protegidas por propiedad intelectual en una escala masiva». Así, estima que Megaupload sumaba 150 millones de usuarios registrados, 50 millones de usuarios diarios y alrededor del 4% del tráfico de Internet. Con estos datos, se asegura, sin otra valoración, que el daño causado a las compañías propietarias de los derechos de propiedad intelectual es de 500 millones de dólares.

La demanda destaca que Megaupload ‘ocultaba’ el contenido protegido para no tener que eliminarlo

Asimismo, se establecen losbeneficios «ilegales» logradas por los acusados en dichos años en 175 millones de dólares a través de publicidad y venta de cuentas ‘premium’. Además, según la demanda, se les acusa de blanquear dinero «pagando a usuarios» a través de un sistema de incentivos a quienes publicasen archivos con más descargas y con pagos a otras compañías para alojar contenido que infringía la propiedad intelectual.

También se detalla el modo de funcionamiento de Megaupload, es decir, la posibilidad de ‘subir’ y descargar archivos y se asegura que el modelo de negocio de la compañía estaba «expresamente diseñado para promover la publicación de las obras protegidas más popularespara que fuesen descargadas por millones de usuarios».

Así, se alega que el sitio estaba construido para desalentar a los usuarios de su uso para fines personales debido a que se eliminaban los archivos «que no eran descargados de forma regular». De la misma manera, se destaca que otro indicio del comportamiento delictivo es que se incentivaba a aquellos usuarios capaces de generar más descargas y tráfico en el sitio, y que se les pagaba en función de sus resultados aun cuando los propietarios eran conscientes de que para conseguirlo publicaban obras protegidas y las promocionaban en otras páginas web.

No es lo único que se utiliza para acusar a los propietarios de Megaupload de conspiración. Se destaca que la página no contaba con un buscador ni con otras formas de localizar contenido para que no fuesen fácilmente accesibles los archivos protegidos. Además, se alega que no se cerraban cuentas de usuarios infractores, como era obligación de la página, y que en muchos casos se retrasaba la retirada de contenidos protegidos y se tergiversaban los términos en que estaban protegidos por derechos de autor.

Un día después de las protestas contra la SOPA

Una operación que se produce un día después de que una serie de páginas web protestaran por la iniciativa SOPA, que busca promulgar una ley que, en EEUU, permita bloquear páginas web extranjeras que perjudiquen obras protegidas por derechos de autor.

Sin embargo, en ningún caso se vincula la operación con esta medida. Según la información publicada, la investigación está dirigida por el fiscal del distrito este de Virginia y la sección de propiedad intelectual del Departamento de Justicia de EEUU a instancia del FBI y el Centro Nacional de Coordinación de la Propiedad Intelectual (IPR en inglés).

Megaupload es una de las más importantes páginas web de intercambio de archivos del mundo. Está en funcionamiento desde 2005 y permite ‘subir’ todo tipo de archivos que después pueden ser descargados en cualquier otro ordenador. Asimismo, Megavideo permite a cualquier usuario publicar vídeos que después pueden visualizarse en cualquier parte, como hace YouTube.

Ambas páginas web han sido habitualmente señaladas por las compañías de contenidos por facilitar la descarga y visualización de obras protegidas por derechos de autor. Ambos sitios, que muchos consideran centros de las descargas no autorizadas de música, películas, series o libros protegidos, ha sido perseguido por la industria del porno, las autoridades inglesas, francesas, italianas e incluso estadounidenses, Google y la RIAA a través de Mastercard, entre otras.

Hasta ahora, la compañía había resistido amparada en que, además de alojar contenido protegido por derechos de autor, había muchos usuarios que utilizaban el servicio de intercambio de archivos de forma legítima y privada. Además, no dudaba en eliminar todo el contenido susceptible de estar protegido que las compañías reclaman. El pasado diciembre, una serie de grandes artistas, de Will.i.am a Jamie Foxx apoyaron la página web con un vídeo en la que alababan sus bondades.

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Manolito P2P :: Libre de toda culpa…..

Pablo Soto, creador del ‘software’ de intercambio de archivos Blubster y ManolitoP2P, y demandado por varias compañías discográficas por infracción de la propiedad intelectual y competencia desleal por dichos programas ‘peer to peer’ha sido absuelto de todos los cargos y tendrá que ser compensado con las costas del juicio por sus demandantes.

El ‘caso Soto’ arrancó en junio de 2008 cuando, por la vía civil, la industria discográfica -representada por Promusicae, Warner, Universal, EMI y Sony- demando al desarrollador de ‘software’ Pablo Soto por 13 millones de euros en daños al considerar que sus programas Blubster, ManolitoP2P y Piolet, desarrollados bajo su protocolo MP2P, eran «para el intercambio ilegal entre particulares de música protegida». Durante la vista del juicio, maratoniana, el demandado llegó a reconocer que no se veía como «el héroe de las descargas».

La demanda fue la primera por vía civil para tratar de combatir las descargas de archivos protegidos en España después de diversas sentencias desfavorables a la industria por otros canales. También fue la primera en la que se argumentó competencia desleal además de infracción de la propiedad intelectual, en un intento de reproducir en España el ‘caso Napster’ que acabó con dicha red de intercambio de archivos en EEUU.

En la sentencia que absuelve a Soto, el juez, Antonio Martínez-Romillo Roncero -sustituto de Miguel María Rodríguez San Vicente, quien se encargó de la vista del juicio,jubilado– desestima, en primer lugar, que haya infracción de la propiedad intelectual. Así, establece que la red P2P demandada cumple una «función técnica totalmente neutra» para comunicación entre particulares. También recalca que la «transparencia en la actividad de las [empresas] demandadas es absoluta» y que «los demandados no prestan ningún servicio», sólo desarrollan un «software que sirve para el intercambio» de archivos.

La propia sentencia afirma, como tantas otras anteriores, que ni siquiera se puede considerar infracción de la propiedad intelectual la actividad de enlazar obras protegidas y gestionadas por entidades como la SGAE y difundidas en redes P2P. Todo ello a pesar de que algunos jueces desde hace poco tienden a considerar ilícita la actividad de enlazar.

Para razonar dicho extremo alude a la primera sentencia absolutoria de El Rincón de Jesús o la sentencia que absolvía a los responsables deindice-web.com (más tarde confirmada por la Audiencia Provincial de Barcelona); es decir, el juez insiste en que la conducta infractora sería la explotación de la obra mediante la comunicación pública, «y en ningún caso el mero hecho de facilitar esta conducta».

Ni rastro de competencia

También descarta el juez el caso por competencia desleal. Es más, establece que «los demandantes no son competidores de los demandados, ya que ni unos participan en los mercados de la producción y comercialización de fonogramas ni los demandantes participan del negocio de la explotación de portales P2P» como es el caso de las compañías de Soto.

En la sentencia incluso se establece que las herramientas desarrolladas por Soto son «de carácter neutro», que en ningún caso sus compañías proporcionan «fonogramas» protegidos por derechos de autor y que el demandado «no coopera con los usuarios por haber desarrollado el ‘software’ que ellos usan, ni estos compiten con la actora ya que su actividad es privada».

Otro de los argumentos de la acusación, el hecho de que no haya un «filtrado eficaz» contra el intercambio de archivos protegidos en el ‘software’ de Soto también es desestimado en la sentencia porque, por una parte, en ningún caso existe una base de datos para comprobar cuáles son y, por otra, porque se anima a los usuarios a intercambiar música con licencia ‘copyleft’, como argumentó la defensa en el juicio.

Tras conocer la sentencia, Pablo Soto, en conversación con este periódico, se ha mostrado «feliz», ha asegurado que es el momento de celebrarlo y ha reconocido que no cree que se produzca recurso, si bien sería posible ejecutarlo ante la Audiencia Provincial de Madrid. «Estoy llorando de felicidad, acordándome mucho de mi hermano, que está buscándose la vida fuera de España y quisiera abrazarle», ha escrito Soto en Twitter.

El presidente de Promusicae, Antonio Guisasola, afirmó en un comunicado que esta sentencia hará que se sientan «un poco mas impunes» quienes «se lucran, fomentando con los programas que crean, el ‘pirateo’ de contenidos protegidos». «La sentencia va a ser debidamente apelada», aseguró, y añadió que espera que el nuevo Gobierno tome «medidas decididas» contra los intercambios. «No tiene sentido que cuando en toda Europa se persigue decididamente la ‘piratería’ tanto a través de las webs de descarga o enlaces como, en muchos casos, a los usuarios de las redes P2P, aquí se den sentencias como ésta», comentó.

David Bravo, uno de sus abogados junto a Javier de la Cueva, ha declarado a ELMUNDO.es que en su opinión «la sentencia marca un antes y un después en cuestiones relativas a los conflictos que existen entre la propiedad intelectual y las nuevas tecnologías»porque «una sentencia estimatoria de la demanda habría supuesto un freno importante a la seguridad jurídica de los desarrolladores de software». Asimismo, aprovecha para felicitar a su cliente por soportar «con entereza todo tipo de envites en este pleito por parte de las multinacionales demandantes».

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Las 25 peores contraseñas de internet

Evidentemente hay usuarios que aún no han comprendido los riesgos asociados a usar una contraseña débil, y prefieren privilegiar la facilidad de recordarla antes de la seguridad que pueda brindar. La gente de SplashData, que comercializa una aplicación para administrar contraseñas en Windows, OS X y dispositivos móviles, ha publicado una lista con las 25 peores contraseñas que cualquier usuario, sin importar la plataforma o el servicio, puede llegar a usar. El hecho de que aún haya gente recurriendo esas cosas como contraseña, es en verdad perturbador.

Hace poco mencionamos cómo crear contraseñas fuertes utilizando a la aplicación KeePass. Demanda apenas unos pocos minutos de adaptación, pasando de contraseñas alfanuméricas básicas a verdaderas pesadillas de 40 ó 50 caracteres, y la mejor parte es que no estás obligado a recordarlas. Pero aún son mayoría los usuarios que se niegan sistemáticamente a cambiar sus contraseñas por alternativas más robustas. Nadie pone en duda que quieran a su pareja, a sus hijos o a sus mascotas, pero ya deberían estar convencidos de que fechas de nacimiento, aniversarios, y nombres de perros y gatos hacen pésimas contraseñas. Lamentablemente, eso no termina ahí. Usar “123456” como contraseña del WiFi o “qwerty” para la casilla de correo piden a gritos ser hackeados.

Así es como encontramos esta publicación de la gente de SplashData, que entre otras cosas vende una aplicación de nombre SpashID, la cual posee funciones similares a KeePass. La publicación se llama “Cuando lo popular no es algo bueno”, y ofrece un listado de las veinticinco peores contraseñas del año en la Web. Como era de esperarse, espantos al estilo de “password” y “123456” están a la cabeza de la lista, seguidas por“12345678”, “qwerty” y “abc123”. Después hay palabras directas de diccionario como “monkey”, “master”, “shadow” y “superman”.Otra que ha ganado popularidad es “michael”, probablemente relacionada con Michael Jackson (no, tampoco puedes usar su nombre, apellido, o el nombre de sus canciones, más si saben que eres un fan).

De más está decirlo, si aún tienes a alguno de estos horrores de seguridad como contraseña actual, deberías cambiarla de inmediato. Sólo se necesita una broma de mal gusto (muchos hackeos suelen comenzar así) o compartir por accidente más información de la que deberías en una red social para que tus perfiles digitales se encuentren al alcance de cualquiera con un mínimo de insistencia. Es recomendable utilizarKeePass (tiene versiones para OS X y para Linux) o en su defectoLastPass, que también ofrece plugins para la mayoría de los navegadores web.

Blackberry = CrashBerry

Los usuarios de BlackBerry vuelven a registrar problemas en sus dispositivos

Los usuarios de BlackBerry han vuelto a sufrir este miércoles retrasos en la recepción de los servicios ofrecidos por el operador Research in Motion (RIM), entre los que incluyen la mensajería o el correo electrónico.

«Hemos recibido informaciones que indican que hay usuarios que han sufrido retrasos. Vamos a iniciar una investigación y vamos a hacer un estudio lo más rápido posible», ha comunicado el grupo Waterloo a través de su cuenta en la red social Twitter.

Sobre las zonas donde se han registrado las incidencias, RIM ha asegurado que sus servicios funcionan «normalmente» en Europa, Oriente Próximo y la India, aunque no ha especificado la situación en Asia ni en América.

No es la primera vez que la compañía se enfrenta a problemas de estas características. Hace un mes, la compañía canadiense registró problemas de conexión en sus dispositivos en Europa, África, Asia y Sudamérica que afectaron a millones de usuarios.

RIM comunicó entonces que la caída de sus servicios de correo electrónico y mensajería en Europa, partes de Latinoamérica, India, Oriente Medio y África fue debida al «fallo de un conmutador» (switch de back-up).

 

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